¿Cuánto pueden cobrarte las notarías en Chile?
22 de septiembre de 2026

Durante años, los cobros de las notarías en Chile fueron una fuente de quejas frecuentes, donde nunca había información clara sobre tarifas y sin un organismo que fiscalizara los precios y muchas personas terminaban pagando montos que no podían cuestionar. Eso cambió en abril de 2026, cuando entró en vigencia la ley que reformó el sistema notarial y registral en Chile, estableciendo por primera vez, precios máximos obligatorios para los trámites notariales y en este artículo de Portal Firma te contaremos todo al respecto.
La ley establece que las notarías en Chile tienen un precio máximo que no pueden superar, es decir, ninguna notaría puede cobrarte más de lo que la ley permite. Estos precios son definidos en conjunto por los Ministerios de Justicia, Hacienda y Economía, lo que garantiza que las tarifas sean fijas y no queden a criterio de cada notaría.
Además de los precios máximos, se establecieron otras medidas que protegen a los usuarios:
- Fin a los cargos vitalicios: Antes, un notario podía ejercer el cargo de por vida. Con la nueva ley, existe un límite de edad de 75 años, los nombramientos se hacen mediante concursos públicos abiertos y los familiares de ciertas autoridades no pueden postular a estos cargos.
- Transparencia en horarios y precios: Las notarías están obligadas a respetar horarios mínimos de atención y a informar sus tarifas de forma clara, tanto en sus oficinas como en su sitio web, para que sepas exactamente cuánto vas a pagar antes de ir.
- Fiscalización del SERNAC: El SERNAC revisa el cumplimiento de la ley a través de reclamos e inspecciones, tanto presenciales como digitales, para verificar que las notarías respeten las nuevas normas.
¿Qué puedes hacer si una notaría te cobra de más?
Si una notaría te cobra por encima del arancel máximo fijado por ley o si no tiene sus precios a la vista, tienes todo el derecho a reclamar. Puedes hacerlo a través del sitio web www.sernac.cl, por teléfono 800 700 100 o en las oficinas que existen en todo el país.
Por ejemplo, imagina que vas a una notaría a firmar un contrato de arriendo y al momento de pagar te cobran $80.000, pero el precio máximo fijado por ley para ese trámite es de $30.000. En ese caso, no estás obligado a pagar la diferencia y tienes derecho a reclamar formalmente. Lo primero es pedirle a la notaría que te explique por escrito el detalle del cobro. Si no te dan una respuesta satisfactoria, puedes ingresar un reclamo en el sitio web del SERNAC con el comprobante de pago y cualquier documento que respalde la situación. El SERNAC puede iniciar una investigación y, si confirma el cobro irregular, la notaría puede enfrentar multas de hasta 300 UTM por cada infracción. Recuerda guardar siempre tu boleta o comprobante de pago es clave para poder respaldar tu reclamo.
¿Existe una alternativa más simple y transparente?
Sí, muchos trámites que antes requerían una visita presencial a la notaría hoy pueden realizarse de forma completamente online. En Portal Firma puedes firmar contratos, poderes, declaraciones juradas y otros documentos con Firma Electrónica Avanzada y respaldo notarial, sin filas, sin desplazamientos y con tarifas claras desde el primer momento.




