Contrato de patrocinio o sponsorship en Chile
29 de julio de 2026

¿Estás pensando en patrocinar a un deportista, un evento o un creador de contenido? ¿O eres tú quien busca un patrocinador para tu proyecto? En cualquiera de los dos casos, contar con un contrato bien redactado es fundamental para proteger a ambas partes. En este artículo de Portal Firma te explicamos en qué consiste este tipo de contrato en Chile y qué cláusulas no pueden faltar.
¿Qué es un contrato de patrocinio o sponsorship?
Es un acuerdo en el que una persona o empresa financia la actividad de otra, a cambio de que esa actividad le genere publicidad. Por ejemplo, una empresa que financia la carrera de un corredor a cambio de que use su ropa con su logo en cada competencia.
¿Tiene base legal en Chile?
En Chile no existe una ley específica que regule el contrato de patrocinio. Sin embargo, esto no significa que no tenga validez. Según el Código Civil, todo contrato legalmente celebrado es una ley para los contratantes y no puede ser invalidado, a menos que sea por consentimiento mutuo o por causas legales, lo que significa que este tipo de acuerdo tiene plena validez legal siempre que no sea contrario a la ley, la moral ni el orden público.
¿Qué debe incluir el contrato?
Dado que la ley no establece un formato obligatorio, las partes tienen libertad para definir las condiciones del acuerdo, sin embargo, hay cláusulas esenciales que conviene incluir siempre, como por ejemplo:
- Identificación de las partes: nombre completo, RUT y domicilio del patrocinador y del patrocinado.
- Objeto del contrato: qué se está patrocinando exactamente, ya sea un evento, una temporada deportiva, un canal de contenido u otro proyecto.
- Obligaciones del patrocinado: qué debe hacer a cambio del patrocinio, como usar la marca en sus publicaciones, mencionar al patrocinador en entrevistas o aparecer en actividades publicitarias.
- Contraprestación del patrocinador: el monto de dinero, los productos o los servicios que entregará y en qué plazos.
- Duración del contrato: fecha de inicio y término del acuerdo.
- Exclusividad: si el patrocinado puede o no tener otros patrocinadores durante la vigencia del contrato, especialmente si son de la misma industria.
- Derechos de imagen: cómo y dónde puede usar el patrocinador la imagen, nombre o contenido del patrocinado.
- Cláusula de moralidad: condiciones bajo las cuales el patrocinador puede poner término al contrato si el patrocinado protagoniza un escándalo o actúa de forma contraria a los valores de la marca.
- Consecuencias del incumplimiento: qué ocurre si alguna de las partes no cumple lo acordado, incluyendo eventuales indemnizaciones o multas.
¿Es obligatorio firmarlo ante notario?
No, porque al tratarse de un contrato consensual regido por las normas generales del Código Civil, no se exige ninguna formalidad especial para que tenga validez, pero firmarlo con certificación notarial le da mayor respaldo legal en caso de conflictos y facilita su uso como prueba ante un tribunal. Si quieres hacerlo de forma rápida y sin trámites presenciales, puedes formalizar el contrato de forma completamente online a través de Portal Firma, donde ambas partes pueden firmar electrónicamente con certificación notarial incluida y plena validez legal, disponible los 7 días de la semana desde cualquier computador o celular, sin importar si el patrocinador y el patrocinado se encuentran en distintas ciudades.




