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Contrato de arriendo comercial en Chile: Cláusulas clave

30 de julio de 2026

¿Arrendarás un local comercial u oficina? Conoce las cláusulas del arriendo comercial y cómo firmarlo ante notario online en Portal Firma.
Contrato de arriendo comercial en Chile: Cláusulas clave

Si vas a arrendar un local comercial u oficina en Chile, lo más importante que debes saber es que un buen contrato escrito puede ahorrarte muchos problemas en el futuro. En este artículo de Portal Firma te explicamos qué dice la ley, qué cláusulas no pueden faltar y cómo firmarlo con respaldo legal sin salir de tu casa.

¿Qué ley regula el arriendo comercial en Chile?

El arriendo de locales comerciales y oficinas ubicados en zonas urbanas está regulado por la “Ley de arriendo”, la que establece qué debe hacer cada parte durante el arriendo: por un lado, el arrendador, que es el dueño del inmueble, tiene la obligación de entregarlo en buenas condiciones y respetar el uso que el arrendatario hace de él durante el contrato, y por otro lado, el arrendatario, que es quien ocupa el local u oficina, tiene la obligación de pagar la renta en los plazos acordados, cuidar el inmueble y usarlo solo para el fin que se pactó en el contrato.

Un contrato escrito te proteje

A pesar de que la ley no obliga a escribir el contrato, la Biblioteca del Congreso Nacional es clara al señalar que es muy recomendable hacerlo, especialmente para evitar conflictos y poder probar los acuerdos ante un tribunal en caso de disputas. Además, si el arrendatario deja de pagar, un contrato firmado ante notario te permite iniciar acciones legales de cobro de forma más directa y expedita, sin necesidad de pasar por trámites adicionales para probar que el contrato existe.

¿Qué cláusulas no pueden faltar?

Un contrato de arriendo comercial puede incluir todas las cláusulas que las partes acuerden y entre las más importantes están: la identificación completa del arrendador y del arrendatario, la descripción detallada del inmueble arrendado con su dirección y características, el monto de la renta, la duración del contrato indicando si es a plazo fijo o indefinido, las condiciones de renovación y término anticipado, el destino específico del inmueble, es decir, para qué actividad comercial se usará, la prohibición o autorización de subarrendar, el monto de la garantía o mes de adelanto, así como también las consecuencias en caso de incumplimiento.

Cómo terminar el contrato de arriendo comercial

El término del contrato es uno de los puntos donde más conflictos surgen, especialmente cuando el contrato es mes a mes o no tiene fecha de término definida, ya que el dueño del inmueble no puede simplemente pedirle al arrendatario que se vaya de un día para otro. Para hacerlo, debe notificarlo formalmente a través de un tribunal o de un notario, y además debe darle un plazo mínimo de dos meses para que desocupe el inmueble. Ese plazo se va alargando según el tiempo que el arrendatario lleve ocupando el local: se agrega un mes adicional por cada año completo que haya estado ahí, aunque el plazo total nunca puede superar los seis meses. Si el contrato tiene una fecha de término fija y el dueño quiere recuperar el inmueble antes de esa fecha, la única forma de hacerlo es presentando una demanda judicial.

La Ley N° 19.799 sobre firma electrónica establece que los contratos firmados electrónicamente tienen la misma validez legal que los firmados en papel. Por eso, no necesitas ir a una notaría para formalizar tu contrato de arriendo comercial, ya que a través de Portal Firma puedes redactarlo y firmarlo con certificación notarial incluida, disponible los 7 días de la semana desde cualquier computador o celular, con plena validez legal.

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