Separación de bienes en Chile ¿Cómo formalizarla ante notario?
21 de julio de 2026
¿Quieres separarte de bienes durante el matrimonio en Chile? Conoce los requisitos legales, qué documentos necesitas y cómo tramitarlo ante notario.

¿Estás casado pero ahora quieres que cada uno administre sus bienes de forma independiente? Quizás cambiaron tus circunstancias económicas, o simplemente quieres mayor independencia financiera dentro del matrimonio. Sea cual sea tu razón, en Chile es completamente posible cambiar el régimen patrimonial durante el matrimonio, siguiendo los pasos que establece la ley. En este artículo de Portal Firma te explicaremos todo lo que necesitas saber.
¿Qué es la separación de bienes?
La separación de bienes es uno de los tres regímenes patrimoniales que permite la ley chilena para los matrimonios, junto con la sociedad conyugal y la participación en los gananciales. Según la Biblioteca del Congreso Nacional, en este régimen "lo que es mío es mío y lo que es tuyo es tuyo", lo que significa que cada cónyuge administra su propio patrimonio con total independencia, tanto los bienes que tenía antes del matrimonio como los que adquiera después, asimismo conlleva que ninguno de los dos debe responder por las deudas del otro, y cada uno puede vender, comprar o comprometerse financieramente sin necesitar la autorización del otro.
¿Cuándo se puede optar por este régimen?
Puedes elegir la separación de bienes desde antes de casarte, en el mismo acto de la celebración del matrimonio, o en cualquier momento durante el matrimonio. Esta última opción es muy frecuente, sobre todo en parejas que comenzaron bajo el sistema de sociedad conyugal y que ahora quieren más independencia económica.
¿Cómo se hace el cambio durante el matrimonio?
El Código Civil establece tres pasos que deben seguirse cuando ambos cónyuges deciden cambiar de régimen patrimonial durante el matrimonio:
1- El primer paso es redactar y firmar una escritura pública ante notario, el documento legal que formaliza el acuerdo entre ambos.Una vez firmada la escritura, el cambio es definitivo y no puede deshacerse, por lo que es importante estar seguros antes de dar este paso.
2- El segundo paso es llevar la escritura pública al Registro Civil para que el cambio de régimen quede anotado en tu registro de matrimonio. Sin este trámite, el cambio de régimen no tiene efecto legal, ni entre los cónyuges ni frente a bancos u otras instituciones. Este registro debe hacerse dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que se firmó la escritura.
3- El tercer paso aplica solo si la pareja estaba casada bajo sociedad conyugal. En ese caso, además de cambiar el régimen, deben repartir los bienes y deudas que acumularon juntos durante el matrimonio, lo que puede hacerse en la misma escritura pública que firman ante el notario, sin necesidad de un trámite aparte. Si no logran ponerse de acuerdo en cómo repartir los bienes, el proceso debe resolverse ante un juez.
¿Qué pasa si uno de los cónyuges no quiere el cambio?
El cambio voluntario de régimen requiere el acuerdo de ambas partes, sin embargo, el Código Civil permite que la mujer solicite la separación de bienes ante un juez sin el acuerdo del marido solo en casos donde el marido es insolvente o administra los bienes de forma fraudulenta, si no cumple con sus obligaciones como cónyuge, si lleva más de un año desaparecido sin razón justificada, o si la pareja ya vive separada de hecho.
¿Qué documentos notariales puedes firmar de forma online?
La escritura pública de separación de bienes y su liquidación deben firmarse de forma presencial ante notario, ya que la ley número 19.799 sobre firma electrónica excluye los actos que requieren solemnidad notarial, como las escrituras públicas. Sin embargo, otros documentos relacionados con tu patrimonio, como poderes notariales o mandatos, sí pueden gestionarse completamente online a través de Portal Firma, con Firma Electrónica Avanzada y plena validez legal, sin salir de casa.



