Errores comunes al cerrar una empresa en Chile
02 de junio de 2026
¿Cerrando tu empresa? Evita errores frecuentes: socios en desacuerdo, deudas impagas y documentos mal otorgados. Portal Firma te guía paso a paso.

El primer y más costoso error que cometen los emprendedores es simplemente dejar de funcionar sin realizar ningún trámite formal, pero la verdad es que la empresa sigue existiendo legalmente aunque no emita una sola boleta, aunque no tenga trabajadores y aunque sus socios hayan empezado otros proyectos. Mientras no se complete el proceso de disolución y liquidación, el RUT permanece activo, las declaraciones de impuestos siguen siendo obligatorias y las multas por no presentarlas se acumulan mes a mes sin que nadie te avise.
No respetar el plazo del Término de Giro
Cuando una empresa deja de operar, hay que avisarle al SII que cerró. Ese aviso se llama Término de Giro y tienes solo dos meses para hacerlo. Si no lo presentas a tiempo, el SII puede sancionarte e incluso cerrar la empresa por su cuenta, lo que puede generar problemas tributarios que después son difíciles de resolver. Además, no basta con llenar un formulario: el SII te pedirá un balance final de la empresa y los antecedentes de los impuestos que correspondan, los revisará y si detecta deudas pendientes deberás pagarlas antes de que el trámite quede aprobado. Y una vez que lo presentas, el SII tiene hasta seis meses para resolver tu solicitud, por lo que conviene hacerlo lo antes posible para no retrasar innecesariamente el cierre definitivo de la empresa.
Confundir el tipo de sociedad y el canal de cierre correcto
No todas las empresas deben cerrar de la misma manera. Una sociedad constituida mediante escritura pública ante notario debe disolverse por el mismo mecanismo: escritura pública, inscripción en el Conservador de Bienes Raíces y, en el caso de Sociedades Anónimas, Sociedades de Responsabilidad Limitada y SpA, publicación en el Diario Oficial. En cambio, una empresa creada a través del sistema "Empresa en un Día" del Registro de Empresas y Sociedades se disuelve directamente en esa plataforma online. Usar el canal equivocado puede invalidar el trámite completo y obligarte a empezar de cero.
Intentar cerrar sin el acuerdo de todos los socios
Para cerrar una empresa en Chile, todos los socios deben estar de acuerdo con la decisión. Suena simple, pero en la práctica es uno de los obstáculos más frecuentes: basta con que un socio se niegue o sea imposible localizarlo para que todo el proceso quede paralizado. Lo que muchos no saben es que en esos casos existe una salida legal, que es pedirle a un tribunal que ordene el cierre de la empresa. El problema es que este camino es considerablemente más lento y costoso que una disolución de mutuo acuerdo, requiere la asesoría de un abogado y exige demostrar ante el juez que existen razones serias para cerrar, como fraude o irregularidades graves en la administración. Es por esta razón que, antes de llegar a esa instancia, siempre vale la pena agotar todas las posibilidades de acuerdo entre los socios. Una vez que el conflicto llega a los tribunales, nadie puede predecir cuánto va a durar ni cuánto va a costar.
Cerrar sin saldar las obligaciones laborales
Otro error frecuente es iniciar el proceso de disolución sin haber regularizado completamente la situación con los trabajadores, pues todos los contratos deben estar finiquitados y las cotizaciones previsionales al día antes de comenzar cualquier trámite de cierre. Si hay juicios laborales pendientes, estos también deben estar resueltos. Además, conviene obtener un certificado de la Tesorería General de la República que confirme que la empresa no tiene deudas fiscales pendientes, para evitar sorpresas una vez iniciado el proceso. Saltarse estos pasos puede dejar a los socios con responsabilidades personales incluso después de creer que la empresa ya está cerrada.
No contar con los poderes notariales cuando se necesitan
En sociedades con varios socios, es común que al momento de firmar la escritura de disolución alguno esté en otra ciudad o en el extranjero. Si no se anticipó esto con un poder notarial otorgado a tiempo, el trámite queda paralizado hasta que esa persona pueda comparecer. Este documento permite que un tercero actúe legalmente en nombre del socio ausente ante el notario, el SII o cualquier otro organismo. A través de Portal Firma puedes tramitar ese poder de forma 100% digital, con Clave Única y Firma Electrónica Avanzada, sin importar dónde estén los socios ni el día de la semana. El documento queda listo en menos de 24 horas, evitando que una ausencia detenga todo el proceso.



