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Contrato de prestación de servicios entre empresas

25 de agosto de 2026

¿Tu empresa contratará servicios de otra empresa? Te explicamos qué debe incluir este contrato y cómo firmarlo digitalmente con Portal Firma.
Contrato de prestación de servicios entre empresas

Cuando una empresa contrata a otra para que le preste un servicio, ya sea de consultoría, marketing, tecnología, diseño o cualquier otra área, es fundamental que el acuerdo quede bien establecido por escrito. Sin un contrato claro, cualquier malentendido sobre plazos, pagos o responsabilidades puede convertirse en un problema muy difícil de resolver. En este artículo de Portal Firma te explicamos qué es este contrato, qué debe incluir y cómo firmarlo de forma simple y segura.

¿Qué es un contrato de prestación de servicios entre empresas?

Es un acuerdo donde una empresa se compromete a prestar un servicio específico a otra, a cambio de un pago. A diferencia de un contrato de trabajo, aquí no existe una relación laboral entre las partes, porque quien presta el servicio actúa de forma independiente, emite boleta o factura según corresponda, y no tiene derecho a beneficios como vacaciones, licencias médicas o finiquito. Esta distinción es importante, porque confundir ambos tipos de contrato puede traer consecuencias legales para la empresa contratante.

¿Qué diferencia hay con contratar a una persona natural?

Cuando una empresa contrata los servicios de otra empresa, la relación es estrictamente comercial, pues ambas partes son entidades con personalidad jurídica propia, lo que significa que cada una asume sus propias responsabilidades tributarias y legales. En términos prácticos, la forma en que se documentan los pagos entre empresas depende de la situación tributaria de cada una, por lo que es recomendable consultarlo con un contador antes de firmar el contrato.

¿Qué debe incluir el contrato?

Para que el acuerdo sea claro y proteja a ambas partes, el contrato debe especificar los siguientes puntos. 

1- La identificación completa de ambas empresas, incluyendo razón social, RUT y domicilio. 

2- El objeto del contrato, es decir una descripción precisa del servicio que se va a prestar y los resultados esperados. Cuanto más detallada sea esta parte, menor será el riesgo de malentendidos. 

3- El plazo, indicando cuándo comienza el servicio y cuándo termina, o si está sujeto al cumplimiento de un proyecto específico. 

4- El precio, la forma de pago y la periodicidad, por ejemplo, si se pagará mensualmente, por hitos o al término del proyecto. 

5- Las condiciones para poner término anticipado al contrato y qué ocurre en ese caso con los pagos pendientes.

¿Qué cláusulas adicionales conviene incluir?

Además de los puntos básicos, hay cláusulas que pueden ser muy útiles dependiendo del tipo de servicio. Una cláusula de confidencialidad protege la información sensible que una empresa comparte con la otra durante la ejecución del trabajo. Una cláusula de exclusividad, establece que el prestador no puede trabajar con competidores directos durante la vigencia del contrato. También es recomendable incluir una cláusula que defina quién es responsable si algo sale mal durante la prestación del servicio.

¿Se necesita notario?

Este tipo de contrato no requiere firma ante notario para tener validez legal en Chile, lo importante es que quede por escrito y firmado por los representantes legales de ambas empresas. Sin embargo, contar con un documento bien firmado y certificado puede marcar la diferencia si más adelante surge algún desacuerdo entre las partes.

¿Cómo firmarlo digitalmente?

Puedes firmarlo con Firma Electrónica Avanzada a través de Portal Firma, que tiene la misma validez legal que una firma presencial y deja un registro con fecha y hora que certifica quién firmó y cuándo. Puedes hacerlo desde cualquier lugar del país, sin necesidad de imprimir ni de trasladarte, lo que resulta especialmente útil cuando los representantes de ambas empresas se encuentran en distintas ciudades.

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