Carta notarial de requerimiento de cese de conductas en Chile
01 de junio de 2026
¿Alguien te está causando un daño reiterado y no para? Una carta notarial de requerimiento de cese deja constancia formal de tu exigencia. Trámitala en Portal Firma.

Hay situaciones en que alguien te está causando un daño de manera reiterada: un vecino que hace ruido excesivo de forma constante, una persona que te hostiga a través de redes sociales, un ex arrendatario que sigue ingresando a una propiedad que ya dejó, o alguien que hace comentarios difamatorios sobre ti o tu empresa. Cuando las conversaciones directas no funcionan, una carta notarial de requerimiento de cese es la herramienta adecuada para dar un paso formal y dejar constancia de que estás exigiendo que esa situación termine.
¿Qué es una carta notarial de requerimiento de cese?
Es un documento formal redactado con lenguaje preciso que se tramita a través de un notario público, quien certifica la fecha de envío y la identidad de quien lo envía. Su valor no radica en ser un documento regulado por una ley específica con ese nombre, sino en que deja constancia oficial y fechada de que notificaste formalmente a la otra persona que su conducta te está perjudicando y que exiges que se detenga. Ese registro puede ser relevante si el conflicto escala y termina en un tribunal, porque acredita que actuaste, que notificaste y que le diste la oportunidad de corregir su comportamiento antes de recurrir a la justicia.
¿En qué situaciones es útil?
Estas son algunas de las circunstancias en que este tipo de carta puede ayudarte a proteger tus derechos: acoso o hostigamiento reiterado por parte de una persona conocida o desconocida, difamación o publicación de información falsa sobre ti o tu negocio en redes sociales o medios, daños continuados a tu propiedad privada como rayados, destrucción de bienes o ingreso no autorizado, ruidos molestos persistentes de un vecino que afectan tu derecho a vivir en paz, uso indebido de tu imagen o nombre sin autorización, y acoso en contextos laborales cuando no existe un empleador común que pueda intervenir.
¿Qué relación tiene con la Ley Karin?
En el ámbito laboral, la Ley Karin, reforzó la protección frente al acoso laboral y sexual en Chile. Esta ley establece la obligación de los empleadores de investigar y sancionar estas conductas dentro de la empresa a través de un procedimiento formal interno. Sin embargo, cuando el acoso proviene de alguien fuera del contexto laboral, o cuando el empleador no actúa con la diligencia necesaria, una carta notarial de requerimiento de cese puede ser un paso previo útil para documentar el problema formalmente y exigir que se detenga, antes de recurrir a otras instancias.
¿Qué debe incluir este documento?
Para que tenga el mayor efecto práctico posible, la carta debe contener el nombre completo y RUT de quien la envía, el nombre e identificación de la persona a quien va dirigida, una descripción precisa de las conductas que se le imputan indicando desde cuándo ocurren y con qué frecuencia, la exigencia expresa de que cesen de inmediato, el plazo otorgado para acatar el requerimiento, la advertencia de que si las conductas continúan se iniciarán las acciones legales correspondientes, y la firma ante notario con la fecha correspondiente.
Actúa antes de que el daño sea mayor
Cuando una situación dañina se prolonga en el tiempo, documentar formalmente el momento en que exigiste que se detuviera puede marcar la diferencia si el conflicto llega a un tribunal. La carta notarial no resuelve el problema por sí sola, pero es el primer paso formal que demuestra que actuaste con seriedad y que le diste a la otra parte la oportunidad de corregir su conducta antes de escalar el conflicto.
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