Arrendamiento de pertenencia minera vs cesión de derechos
08 de octubre de 2026

Cuando el titular de una mina chilena quiere que otra persona la trabaje o se haga cargo de ella, puede hacerlo mediante el arrendamiento de pertenencia minera o la cesión de derechos mineros. Aunque suenan parecidas, son figuras completamente distintas y elegir mal puede traer consecuencias legales serias. Por eso, antes de firmar cualquier contrato, conviene entender bien en qué se diferencia cada una y en este artículo de Portal Firma te lo explicamos.
¿Qué es el arrendamiento de pertenencia minera?
El arrendamiento es un acuerdo temporal, donde el titular de la pertenencia le cede a otra persona el derecho a trabajar la mina durante un tiempo determinado y a cambio de un pago. Sin embargo, el dueño de la concesión sigue siendo el mismo durante todo ese período. La pertenencia no cambia de titular.
Tal como lo establece el código de minería, mientras el arrendatario explote la mina conforme al contrato, todo lo que haga es completamente legal. Además, los minerales que extraiga le pertenecen a él, y al terminar el arriendo no tiene obligación de reponer lo que sacó.
¿Qué es la cesión de derechos mineros?
La cesión de derechos es algo muy diferente, porque aquí el titular transfiere sus derechos sobre la concesión a otra persona de forma definitiva. Es decir, quien cede deja de ser titular de esos derechos y quien los recibe pasa a ocupar su lugar. Esto es posible porque el código de minería reconoce que la concesión minera es un derecho que puede transferirse a otra persona, al igual que cualquier otra propiedad.
Este tipo de contratos se rige por las mismas reglas que cualquier otro contrato en Chile, por lo que debe constar por escrito y, para que tenga validez frente a terceros, debe inscribirse en el Conservador de minas correspondiente.
Las diferencias clave
1- La principal diferencia está en quién sigue siendo el dueño, porque mientras en el arrendamiento, el titular de la concesión mantiene su propiedad durante todo el contrato: solo le presta temporalmente el derecho a operar la mina a otra persona. En la cesión de derechos, en cambio, el titular transfiere sus derechos a otra persona, que pasa a ocupar su lugar como nuevo titular de la concesión.
2- La segunda diferencia es el tiempo, pues el arrendamiento siempre es temporal: tiene un inicio y un fin pactado en el contrato; pero la cesión de derechos no tiene esa limitación, ya que quien recibe los derechos los adquiere de forma permanente.
3- Por último, en el arrendamiento existe un pago mensual, que puede ser un monto fijo o un porcentaje sobre el mineral extraído. En la cesión de derechos, en cambio, el pago es único o puede no existir, dependiendo de lo que acuerden las partes.
¿Cuándo conviene cada una?
El arrendamiento conviene cuando el titular quiere mantener la propiedad de la concesión pero no puede o no quiere operar la mina en ese momento. Es una excelente opción para quienes buscan generar ingresos sin perder sus derechos mineros.
La cesión de derechos, en cambio, es más adecuada cuando el titular quiere desprenderse de sus derechos, ya sea porque no tiene interés en seguir vinculado a esa concesión o porque necesita obtener liquidez de forma definitiva.
¿Cómo formalizarlos correctamente?
Ambos contratos deben constar por escrito y, para que produzcan efectos frente a terceros, deben inscribirse en el Conservador de Minas. Si necesitas formalizar tu contrato de arrendamiento de pertenencia minera, en Portal Firma puedes hacerlo de forma rápida, segura y con total validez legal. Un ministro de fe participa en todo el proceso para que el documento tenga plena validez legal, sin necesidad de trasladarte a una notaría. Nuestro equipo se encarga de todo, desde la redacción del contrato hasta su firma electrónica.




