Acuerdo de unión civil Chile: Derechos y trámite
01 de junio de 2026
¿Vives en pareja sin estar casados? Aprende qué es el Acuerdo de Unión Civil en Chile, qué derechos entrega y cómo una escritura pública notarial puede complementarlo.

Vivir juntos sin papeles tiene un costo legal que pocas parejas conocen y en nuestro país hay muchas parejas que conviven durante años de manera estable sin haber firmado ningún contrato que regule su relación. Esta situación es perfectamente válida desde el punto de vista personal, pero desde el punto de vista legal deja a ambas personas en una situación de desprotección que se hace evidente en los momentos más difíciles, como por ejemplo: una hospitalización, la muerte de uno de los dos, una separación o una disputa sobre bienes compartidos.
Para resolver precisamente esa situación existe el Acuerdo de Unión Civil, conocido como AUC, un contrato formal que permite a dos personas, de igual o distinto sexo, regularizar los aspectos jurídicos de su vida en común. Entender bien qué es, qué derechos entrega y cómo tramitarlo es fundamental para cualquier pareja que conviva en Chile sin estar casada.
¿Qué es el acuerdo de unión civil?
Según Chile Atiende, el AUC es un contrato solemne que permite que dos personas que viven juntas regularicen los aspectos jurídicos propios de una vida afectiva en común, estable y permanente. Quienes lo celebran adquieren el estado civil de convivientes civiles, lo que genera derechos y obligaciones concretas reconocidas por la ley.
El AUC está regulado por la ley y se celebra ante el Servicio de Registro Civil e Identificación, de la misma forma en que se celebra un matrimonio. No requiere notaría ni abogado: solo la presencia de ambas personas ante un oficial civil.
¿Qué derechos concretos entrega el AUC?
Esta es la parte que más le interesa a quienes evalúan formalizarse. Según la Ley y la información de la Superintendencia de Seguridad Social, el AUC entrega los siguientes derechos:
Derecho a ser inscrito como carga de salud del otro conviviente, tanto en FONASA como en Isapres.
Derecho a herencia: cada conviviente civil es heredero del otro y concurre en la sucesión en las mismas condiciones que un cónyuge.
Derecho a pensión de sobrevivencia en el sistema de AFP, siempre que el AUC haya sido celebrado al menos un año antes del fallecimiento.
Obligación de ayuda mutua y de solventar los gastos de la vida en común según las facultades económicas de cada uno.
Derecho a compensación económica si al momento de la separación uno de los convivientes estuvo en desventaja laboral por haberse dedicado al cuidado del hogar o de los hijos.
¿Quiénes pueden celebrarlo?
Pueden suscribir el AUC todas las personas mayores de 18 años, chilenas o extranjeras, que tengan la libre administración de sus bienes, que mantengan una vida afectiva en común y que lo hagan libre y espontáneamente. No pueden celebrarlo quienes ya estén casados o tengan otro AUC vigente, ni parientes directos en los grados que establece la ley.
¿Cómo se tramita?
El trámite es más simple de lo que muchos creen: Para celebrar el AUC debes reservar una hora en cualquier oficina del registro civil o en el sitio web usando la clave única. El día de la celebración, ambos deben presentar su cédula de identidad vigente. El oficial civil levanta un acta firmada por ambas partes, que queda inscrita en el Registro Civil.
El certificado de AUC, necesario para acreditar el contrato ante otras instituciones, es gratuito solo si se solicita en el sitio web del registro civil.
Aunque el AUC se celebra directamente ante el Registro Civil, hay otros documentos notariales que las parejas necesitan en distintos momentos de su vida en común: poderes para representar al otro en trámites, declaraciones juradas, escrituras y otros instrumentos legales. Con Portal Firma puedes gestionar todos esos documentos de forma completamente online, sin ir a una notaría, usando tu Clave Única y Firma Electrónica Avanzada en nuestro sitio web. No esperes a que ocurra algo imprevisto para proteger a tu pareja. Formalizar la relación es un acto de cuidado mutuo que tiene consecuencias legales reales y concretas.




