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Declaración Jurada No Donante de Órganos
30 de marzo de 2026
¿No deseas donar tus órganos? Conoce cómo tramitar tu declaración jurada de no donante según la Ley en Chile. Rápido y legal en PortalFirma.

En Chile, todas las personas mayores de 18 años son consideradas donantes de órganos por defecto una vez fallecidas. Esta es la regla general establecida por la legislación y no requiere ningún trámite para hacerse efectiva. Sin embargo, quienes no deseen serlo tienen el derecho de manifestarlo expresamente, y el único camino legal para hacerlo es a través de una declaración jurada otorgada ante notario público.
Qué establece la Ley sobre donación de órganos
La Ley N° 19.451, que establece las normas sobre trasplante y donación de órganos en Chile, fue modificada en mayo de 2013 por la Ley N° 20.673, que introdujo el sistema de donante presunto. Bajo este modelo, toda persona mayor de 18 años es automáticamente considerada donante de sus órganos al momento de fallecer, salvo que en vida haya manifestado expresamente su voluntad contraria mediante documentación fidedigna otorgada ante notario público.
Una vez que el notario recibe la declaración, está obligado a remitir esa información al Servicio de Registro Civil e Identificación, que incorpora a la persona al Registro Nacional de No Donantes. Esta inscripción tiene carácter permanente, aunque puede revocarse en cualquier momento si la persona cambia de opinión.
¿Quiénes pueden inscribirse como no donantes?
Pueden inscribirse en el Registro Nacional de No Donantes todas las personas mayores de 18 años que deseen renunciar a su calidad de donantes de órganos. El único requisito para iniciar el trámite es contar con cédula de identidad vigente y en buen estado. No se exige ningún otro documento ni justificación de la decisión, ya que se trata de un derecho personal que cada individuo puede ejercer libremente.
Es importante destacar que quienes no realicen este trámite serán considerados donantes presuntos por el solo ministerio de la ley, y en caso de fallecimiento, sus familiares solo podrán oponerse a la extracción de órganos si presentan prueba fehaciente de la voluntad contraria del difunto.
¿Qué consecuencias tiene no inscribirse?
La ley considera una consecuencia para quienes están inscritos en el Registro de No Donantes: En caso de que varias personas se encuentren en igualdad de condiciones para recibir un órgano, el hecho de no estar inscrito como no donante será tomado en cuenta para priorizar la asignación del trasplante. Es decir, quienes son donantes presuntos tienen prioridad en las listas de espera frente a quienes se declararon no donantes.
Documentos necesarios para realizar el trámite
El proceso es sencillo y requiere muy pocos antecedentes. Para realizar la declaración jurada de no donante ante notario, solo se necesita lo siguiente:
- Cédula de identidad vigente y en buen estado del declarante.
- Concurrir personalmente a cualquier notaría del país, ya que la declaración debe ser prestada en presencia del notario.
- Manifestar expresamente la voluntad de no ser donante de órganos, lo que quedará consignado en el instrumento notarial.
El ingreso al Registro Nacional de No Donantes no tiene costo, aunque el valor de la declaración jurada notarial es determinado por cada notaría.
¿Cómo tramitar la declaración jurada online desde Portal Firma?
El proceso es el siguiente:
- Ingresa a www.portalfirma.cl y selecciona la declaración jurada de no donante.
- Completa tus datos personales y prepara tu cédula de identidad vigente.
- Verifica tu identidad de forma segura con tu Clave Única.
- Firma electrónicamente ante notario.
- La notaría remite la información al Registro Civil para tu inscripción como no donante.
Ejercer tu derecho a decidir sobre la donación de tus órganos es un acto personal e intransferible. En Portal Firma puedes dar ese paso de forma rápida, segura y sin complicaciones.




