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Contrato de sociedad conyugal en Chile: Derechos y obligaciones

25 de mayo de 2026

¿Cómo rige el régimen patrimonial en el matrimonio? Conoce el contrato de sociedad conyugal, sus efectos y cómo modificarlo ante notario en Chile.

Contrato de sociedad conyugal en Chile: Derechos y obligaciones

Cuando dos personas se casan en Chile sin firmar ningún acuerdo previo sobre sus bienes, automáticamente quedan bajo el régimen de sociedad conyugal. Muchas parejas no saben las importantes consecuencias legales que esto implica, como la forma como se administran y reparten sus bienes durante el matrimonio, especialmente al momento de una separación o muerte. Aquí en Portal Firma te lo explicamos todo en lenguaje simple.

¿Qué es la sociedad conyugal?

Cuando dos personas se casan en Chile sin firmar ningún acuerdo previo sobre sus bienes, automáticamente quedan bajo el régimen de sociedad conyugal. En palabras simples, significa que todo lo que la pareja gane o compre durante el matrimonio, como sueldos, propiedades o ahorros, pasa a ser de ambos en conjunto.

Es como si desde el día del matrimonio se abriera una "cuenta común" donde van entrando los bienes que cada uno genera durante la vida en pareja. Esta cuenta es administrada legalmente por el marido, pero la mujer debe autorizar las decisiones más importantes, como vender o hipotecar una propiedad.

Si la pareja quiere un régimen distinto, debe acordarlo antes o durante la celebración del matrimonio, eligiendo entre separación de bienes o participación en los gananciales.

¿Qué bienes forman parte de la sociedad conyugal?

No todo lo que tienen los cónyuges pasa a ser común. La ley distingue claramente entre lo que es de ambos y lo que sigue siendo de cada uno:

  • Bienes de ambos: Los sueldos, honorarios e ingresos que cada uno gane durante el matrimonio, más los bienes que compren juntos mientras estén casados.

  • Bienes propios del marido: Las propiedades que él tenía antes de casarse, o las que recibió como herencia o regalo durante el matrimonio.

  • Bienes propios de la mujer: Las propiedades que ella tenía antes de casarse, o las que recibió como herencia o regalo durante el matrimonio.

  • Bienes exclusivos de la mujer: Todo lo que ella gane con su propio trabajo o negocio independiente es suyo y solo ella puede administrarlo, sin que el marido tenga control sobre esos recursos.

¿Quién administra los bienes?

En la sociedad conyugal, el marido es quien administra los bienes de la pareja, incluyendo los bienes propios de la mujer. Sin embargo, esto no significa que pueda hacer lo que quiera con ellos. Para tomar decisiones importantes, como vender una propiedad, hipotecarla o arrendarla por más de 5 años, necesita obligatoriamente la autorización de su mujer.

Por su parte, la mujer tiene plena autonomía para administrar todo lo que gane con su propio trabajo o negocio independiente, sin necesidad de pedirle permiso a nadie.

¿Cómo se termina la sociedad conyugal?

La sociedad conyugal puede terminar por distintas razones: un divorcio, el fallecimiento de uno de los cónyuges, la anulación del matrimonio, o simplemente porque ambos deciden cambiar de régimen de común acuerdo. Este último trámite se realiza ante notario y hoy puede hacerse de forma online en Portal Firma.

Cuando la sociedad conyugal termina, todos los bienes en común se dividen en partes iguales entre ambos cónyuges. La única excepción es que la pareja haya acordado previamente una distribución distinta, por ejemplo, que uno se quede con una parte mayor que el otro.

¿Puedo cambiar de régimen patrimonial?

Sí, en Chile es posible cambiar del régimen de sociedad conyugal al de separación de bienes o participación en los gananciales mediante una escritura pública otorgada ante notario. Este trámite hoy puede realizarse de forma online a través de Portal Firma, de manera rápida, segura y con total validez legal.

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